El miércoles 6 de mayo se realizó en Mar de Ajó, la 5ta. Marcha del STM (Sindicato de Trabajadores Municipales, en Mar de Ajó. Luego de reunirse en el Monumento a San Martín, marcharon hasta el Centro Oncólogio, el que está al lado del Hospital Carlos Macías.
Luego se trasladar al Ministerio de tgrabajo, Delegación Mar del Tuyú, a una audiencia donde estuvieron presentes el Secretario del MTM, Miguel Rajoy y el Abogado Carlos Rajoy, y, en representación de la Municipalidad el Dr. Pablo Ferrario y Dr. Lucio Lorusso.
ACTA DE LA AUDIENCIA 6-5-26
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
2026 - "Año de los Derechos Humanos por la Memoria, la Verdad y la Justicia. A 50 años de la última Dictadura cívico militar"
Acta
Número: ACTA-2026-15534645-GDEBA-DLRTY
MAR DEL TUYU, BUENOS AIRES
Miércoles 6 de Mayo de 2026
Referencia: EX-2026-13897825- Solicitan nueva audiencia
Ref. Expediente EX-2026-13897825- -GDEBA-DLRTYEPCMTGP
ACTA DE AUDIENCIA
En la ciudad de Mar del Tuyu, PARTIDO DE LA COSTA, a los 6 días del mes de Mayo de 2026, siendo las 12 horas comparecen ante mí, funcionario actuante del Ministerio de Trabajo, por la parte de La Organización Sindical S.T.M. Partido de la Costa lo hacen el Sr. Miguel Ángel Rajoy, Secretario General, Gustavo Amitrano, Ángel Medina, Miriam Ramírez y el Dr. Carlos Rajoy y por otra parte El Municipio de La Costa, lo hacen los Dres. Pablo Ferrario y el Dr. Lucio Lorusso.
Abierta la audiencia el funcionario actuante cede la palabra a las partes:
La Organización Sindical, manifiesta que "ratifica el reclamo efectuado en todos sus términos y en virtud de la ordenanza 4354/16, venimos a exigir su cumplimiento consistente en: comienzo de iniciación de paritarias y mejorar las condiciones de trabajo consistentes en seguridad e higiene. Para tales fines, se acompaña nota presentada por mesa de entradas del Municipio, respecto del salario básico para el trabajador de 30 horas inicial de $400.000, llegando a un sueldo de bolsillo de $1.000.000, así mismo, para un trabajador de 40 horas con un básico de $600.000, llegando a un sueldo de bolsillo de $1.200.000.Respecto al profesional de área de salud de 40 horas, llegue a un básico de $1.000.000, cobrando de bolsillo de $1.600.000, lo mismo se solicita el aumento para hijo menor y/o con discapacidad, equiparándose con los sueldos de A.N.S.E.S.
Todo ello, repercutiría para la mejora salarial de nuestros jubilados municipales.
Respecto a seguridad e higiene, consideramos que el Municipio viene incumpliendo y que se reserva el derecho a solicitar inspección e intervención de la CoMiSaSEP y también de implementar medidas de fuerza, diferentes a las que se vienen llevando. ".
Cedida la palabra a LA EMPLEADORA, expresa. Que mantiene las objeciones oportunamente formuladas en relación a la personería gremial invocada por la trabajadora, que se esté incumpliendo con la ordenanza 4354/16, principalmente, en la cantidad de cotizantes para participar en las paritarias y en consecuencia, sobre dichos fundamentos, se toma vista del reclamo efectuado y sin reconocer hechos ni derecho alguno, y siguiendo el mandato de su representado, es que se compromete a trasladar el reclamo al ejecutivo municipal y a los fines de poder dar una respuesta, solicita la fijación de nueva audiencia".
Atento lo solicitado por LA EMPLEADORA y con el consentimiento de EL TRABAJADOR, el actuante procede a fijar nueva audiencia para el día 13 de mayo a las 13.00 horas, quedando los comparecientes debidamente notificados en este acto.
No siendo para más, a las 13.30 horas, previa lectura al presente, y en prueba de conformidad y ratificación, se suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, por ante mí que certifico, con lo que se cierra el acto.
Firmas
El máximo tribunal consideró que no están dados los requisitos para entender en el caso judicial antes de que se expidan las instancias inferiores
La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de per saltum presentado por el gobierno nacional para que intervenga directamente en el expediente que analiza la validez de la Ley 27802 de Modernización Laboral sin esperar fallo alguno de segunda instancia.
Con la firma de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, el máximo tribunal entendió que no se observan los requisitos previstos en el Código Procesal Civil para admitir el recurso.
El artículo 257, que regla la cuestión, prevé que se podrán omitir instancias intermedias cuando el caso tramite bajo competencia federal y se acredite una notoria gravedad institucional.
De todas formas, fuentes judiciales destacaron que en esta instancia del proceso resulta “inoficioso” el pedido del Gobierno para aplicar el per saltum, porque la reforma laboral se encuentra actualmente vigente.