El Tribunal de Casación donde por unanimidad dieron por nulo el juicio. Ante este fallo los imputados apelaron al Suprema Corte de Justicia de la Pcia. de Bs. As, donde nuevamente por unanimidad el fallo fue a favor de la familia Jerez.
Ud. viajó a Capital Federal convocada por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación ¿esto es así? ¿Cuál fue el motivo?
Recibí un llamado telefónico de Derechos Humanos Nación, con invitación no solamente a mí, sino a otras personas por causas de distinta índole que han sucedido en la provincia de Buenos Aires, creo que eran alrededor de 40 causas emblemáticas, nos reunimos en la ESMA, con el Licenciado Avruj, Secretario de Derechos Humanos de la Nación. Allí después de una breve charla con respecto a las modalidades de trabajo de las distintas áreas de la Secretaría, que son la Promoción de Derecho y la Protección de Derecho, conocimos a quien está a cargo de Promoción y de Protección, después llegó el Licenciado Avruj quien nos recibió y solicitó que nos presentáramos e hiciéramos una síntesis de nuestra situación, con el fin de evaluar todas las causas y ver de qué manera Derechos Humanos Nación podía ayudarnos a las víctimas. Dentro de las cosas que solicitamos es la de contar con un abogado para las víctimas a cargo del Estado y no como hasta hoy, que la defensa en nuestras causas son con profesionales a nivel particular. Eso se solicitó, no se concretó, era algo que se venía solicitando desde hace algunos años. En esa reunión estuve con muchas de las señoras que yo ya conocía y me volví a encontrar después de muchos años.
¿Por ejemplo?
Víctimas del accidente de Once, causa Cromagnon , de la confitería Kheyvis causa que tiene más de 20 años, distintas madres con situaciones de gatillo fácil, es decir, las madres del dolor, a quienes conozco a todas ellas, también fue el papá de Mara Matheu, éramos un grupo de personas que hemos sufrido una situación extrema, dolorosa y con el correr de los años se han convertido en emblemáticas.
En cuanto a desaparecidos ¿había más casos como el de Darío?
Había solamente el caso Ramírez que fue posterior a Darío, de desaparecidos no había nadie más, solamente dos casos.
Fue solamente una charla de presentación o para conformar una nueva comisión… Porque Uds. ya tenían una ¿cuál es el nombre?
La Comisión de Participación Ciudadana, que se conformó estando como Gobernador Felipe Solá.
¿Sigue vigente?
Hasta el momento no se disolvió, lo que pasa que cambió el gobierno, pero seguimos siendo los mismos.
Ud. me dice que se conformó en la época del gobernador Felipe Solá, pero a Uds. los convocó la Secretaría de la Nación, pero no es lo mismo…
Exactamente.
Pero no con el fin de organizar otra Comisión, simplemente ponerse al tanto…
Así es, creo que va a haber otras reuniones, no sé cuándo.
Más allá de reencontrarse con las personas que comparten el dolor en calidad de víctimas, en el caso de los que hace muchos años como los de la confitería Kheyvis o Ud. ¿siguen con ánimo de seguir batallando a pesar del tiempo transcurrido?
Absolutamente, cada uno lucha por lo que le pasó, tratando de esclarecer, de buscar la verdad, de buscar la justicia, por supuesto con la misma fuerza que lo hizo en su momento, hay quienes pueden expresar de manera más o menos tranquila la situación pero, todos están pidiéndole justicia a la Justicia.
Hace poco hicimos una nota a raíz del fallo de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, ¿cómo se encuentra la fecha del nuevo juicio?
Nosotros hemos tenido hasta el momento dos fallos a nuestro favor, el Tribunal de Casación, cuando se produce el juicio por encubrimiento, los jueces: Ávalos, Camaño y Colombo dicen que estas seis personas que se presentaron, son absueltos, entonces nosotros apelamos a la instancia superior que es el Tribunal de Casación, ese Tribunal se expide y por unanimidad dice que el juicio es nulo, que hay que hacerlo de nuevo, es en esa situación que los imputados en su momento absueltos apelan a una instancia superior que esa la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires; la Suprema Corte da su dictamen a favor nuestro, segundo fallo a nuestro favor por unanimidad en concordancia con lo que decía la Cámara de Casación. Entonces, ellos, los imputados en su momento y absueltos hoy, tienen otra posibilidad de apelar, que es a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y la solicitud se llama Recurso Federal Extraordinario, lo hicieron, lo solicitaron y hasta el momento de eso no tenemos respuesta, pero nosotros igualmente, porque una cosa no impide la otra, es que estamos esperando finalice la Feria Judicial, para que nos habiliten y solicitar la fecha del juicio.
Es decir, más allá de que ellos hayan apelado a la Corte Suprema de la Nación y ésta falle a favor de los imputados ¿el juicio se hace igual?
En tanto se expida la Corte Suprema de la Nación, sigue su curso el pedido nuestro para realizar nuevamente el juicio en un Tribunal de Dolores. Después de la feria veremos voy a tratar de buscar y ver qué pasa con este tema. El juicio se tendrá que volver a hacer en Dolores. Por eso es tan complicado, porque en estos quince años muchos magistrados han actuado en la causa de Darío, por lo tanto no pueden ocuparse del juicio, es más, alos que qeudan como posibles magistrados hay que restarles tres jueces: Ávalos, Camaño y Colombo que fueron apartados, entonces hay que reorganizar en el Dpto. de Dolores como si fuera un rompecabezas, porque la agenda judicial de Dolores todos saben que es muy nutrida y hay que ver en qué lugar se colocaría el juicio de Darío, con jueces que estén totalmente al margen de todo lo que se ha trabajado durante 15 años en materia penal.
¿Mientras tanto esta gente entonces ha apelado al Recurso Federal Extraordinario?
Nosotros tramitamos la fecha para el juicio de acuerdo a la que hasta ahora son los fallos a nivel provincial. Ellos han usado este recurso, que primero no se sabe la respuesta y además hay que ver qué sale primero si el juicio en Dolores o la admisibilidad de la Corte Suprema, es decir si le dan curso a su pedido.
RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Es un recurso de “vía de acceso a la Corte”, que implica una instancia posterior, excepcional, de interpretación restringida (no constituye una tercera o cuarta instancia) y de materia federal.
Tiene como objeto, el control de constitucionalidad, por vía de interpretación o en razón de un conflicto normativo que afecta la jerarquización que impone el art. 31 de la Constitución Nacional y exige, del Poder Judicial, una sentencia que le ponga fin. Y precisamente, la finalidad esencial del recurso extraordinario es asegurar esa supremacía de la Constitución, las leyes dictadas por el Congreso y los Tratados.
Tiene una finalidad concreta o subjetiva que procura la protección de los derechos y garantías del particular y otra finalidad institucional, que se consagra con el consiguiente contralor.
(…)
La jurisdicción federal es el “último que, con carácter previo a la eventual intervención de la Corte, tiene competencia legal para dictar la última sentencia de la causa”.
La jurisdicción provincial depende de la organización y procedimiento de cada administración provincial; sin embargo, para llegar a la Corte adoptando la vía del R.E., es imprescindible que el Superior Tribunal De esa provincia intervenga previamente dictando una sentencia que resuelva la misma cuestión federal que luego llegará a la Corte Suprema